Ley de Nietos en España 2026: qué pasa con la nacionalidad y el voto de 163.000 españoles

Actualizado el 9 de octubre de 2026

Respuesta directa: unas 163.000 personas que obtuvieron la nacionalidad española por la llamada Ley de Nietos siguen siendo españolas. Lo que está en duda es su inscripción y su voto en el Censo Electoral de Residentes Ausentes (CERA) en las elecciones del 29 de noviembre. El Tribunal Supremo acordó una medida cautelar que suspende esa inscripción y ese voto. La Fiscalía y la Abogacía del Estado han pedido que la levante. A fecha de hoy, el Supremo no ha resuelto, así que todavía no se sabe si podrán votar en estos comicios.

Qué ha decidido el Supremo y qué está pendiente

La Ley de Nietos es el nombre popular de la vía de nacionalidad para descendientes de españoles que abrió la Ley de Memoria Democrática. Muchos de quienes se acogieron a ella residen fuera de España. Por eso, si votan, lo hacen a través del CERA.

El Supremo dictó una medida cautelar, es decir, una decisión provisional mientras estudia el fondo del asunto. Esa medida afecta a la inscripción de estas personas en el CERA y a su participación electoral. No es una sentencia definitiva y no se pronuncia sobre la validez de su nacionalidad.

Importante: la cautelar no implica la pérdida automática de la nacionalidad. Quien la obtuvo conserva su DNI, su pasaporte y sus derechos como español, salvo lo que se discute sobre el voto en estas elecciones.
Ley de Nietos en España 2026: qué pasa con la nacionalidad y el voto de 163.000 españoles
El voto exterior de los nuevos españoles depende de la decisión del Supremo.

Qué piden la Fiscalía y la Abogacía del Estado

Según han informado Europa Press, RTVE y EFE, dos instituciones han pedido al Supremo que cambie su decisión provisional:

  • Abogacía del Estado (8 de octubre): solicita que se levante la suspensión del voto. Vincula la petición al adelanto electoral.
  • Fiscalía (9 de octubre): pide que se levante la suspensión, al menos de cara a las elecciones del 29 de noviembre.

Son peticiones, no resoluciones. El tribunal puede aceptarlas, rechazarlas o atenderlas en parte.

Hechos y valoraciones políticas

Los partidos han expresado posiciones distintas sobre el caso. Esas declaraciones son opiniones o alegaciones y no tienen efecto jurídico. Lo único que determinará si estas personas votan es lo que resuelva el Supremo.

Claves de calendario

Fecha o dato Qué significa
1 de agosto Cierre del censo que se usará en estas elecciones
8 y 9 de octubre Escritos de la Abogacía del Estado y de la Fiscalía
29 de noviembre Jornada electoral
Unos 163.000 Personas afectadas, según las cifras publicadas

Que el censo se cerrara el 1 de agosto tiene una consecuencia práctica. Quien no estuviera inscrito en el CERA antes de esa fecha difícilmente podrá incorporarse para estos comicios, con independencia de lo que decida el Supremo.

Qué puedes hacer si te afecta

1. Comprueba tu inscripción censal

Puedes consultar tus datos en la sede electrónica del Instituto Nacional de Estadística, en el apartado de la Oficina del Censo Electoral. Necesitarás un sistema de identificación electrónica, como certificado digital o Cl@ve. Si no tienes acceso, pregunta en tu consulado.

2. Contacta con tu consulado

Es importante que estés dado de alta en el Registro de Matrícula Consular como residente. El consulado puede informarte de tu situación en el CERA y de cómo se tramitará la documentación electoral si se levanta la suspensión.

3. Guarda tu documentación

Conserva la resolución de nacionalidad, la inscripción en el Registro Civil y tu DNI o pasaporte. No necesitas hacer ningún trámite para mantener la nacionalidad por esta medida cautelar.

4. Busca asesoría jurídica si tu caso es especial

Conviene consultar a un abogado especializado en extranjería o derecho electoral en algunos casos:

  • Si tu inscripción consular estaba en trámite antes del 1 de agosto.
  • Si has cambiado de país de residencia recientemente.
  • Si recibes comunicaciones que no entiendes.
Precaución: desconfía de gestorías o mensajes que aseguren que ya puedes o no puedes votar, o que ofrezcan “recuperar” una nacionalidad que no has perdido. Hasta que el Supremo resuelva, nadie puede garantizar el resultado.

Preguntas frecuentes

¿Perderé la nacionalidad española?

No por esta medida. La cautelar se refiere a la inscripción y al voto en el CERA. No anula nacionalidades.

¿Puedo votar el 29 de noviembre?

Depende de lo que resuelva el Supremo sobre las peticiones de la Fiscalía y de la Abogacía del Estado. También depende de que estuvieras inscrito en el censo cerrado el 1 de agosto.

¿Cuándo se sabrá?

No hay fecha pública para la resolución. Dada la proximidad de las elecciones, conviene seguir las noticias y las comunicaciones de tu consulado.

En resumen

La nacionalidad de los 163.000 afectados no está en juego. Lo que está pendiente es su voto en el CERA el 29 de noviembre. Comprueba hoy tu inscripción censal, contacta con tu consulado y espera a la decisión del Supremo antes de dar nada por hecho.

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